Principio nom reformatio in peius: Impugnación de la víctima.
Resumen
La Constitución de la República de Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal, consagran el principio Nom reformatio in peius, en caso de que sólo el procesado en una causa impugne la decisión de un tribunal; sin embargo, debe considerarse que también tienen derecho de impugnar a través de los recursos de apelación, casación o revisión la víctima, la fiscalía y la defensa. El presente artículo tiene como objetivo determinar si la Corte Constitucional de Ecuador respeta el derecho de todos los sujetos procesales de impugnar la sentencia emitida por el tribunal a quo, resguardando de esta forma los derechos de la víctima consagrados en la Constitución y en el mencionado código. Se está en presencia de una investigación de modalidad cualitativa, de naturaleza documental en donde se hizo uso del método analítico sintético, llegándose a la conclusión de que la Corte Constitucional del Ecuador vulnera el derecho de que la víctima pueda ejercer a través de la acusación particular su derecho de impugnación como sujeto procesal, ya que considera que sólo el fiscal tiene derecho a impugnar para que en alzada se pueda reformar la sentencia. Ha manifestado que, de no ser Así se viola el principio nom reformatio in peius. Lo que no explica la Corte Constitucional es dónde quedan los derechos constitucionales de la víctima, entre ellos, el Derecho a la Verdad.
Palabras clave:
: Fiscal, pena, protección, víctima.
ABSTRACT
The Constitution of Ecuador and the Organic Comprehensive Criminal Code enshrine the nom reformatio in peius principle, in the event that only the defendant in a case challenges the decision of the court, however, it must be considered that they also have the right to challenge through the resources of appeal, cassation or review the victim, the prosecution and the defense. The objective of this article is to determine if the Constitutional Court of Ecuador respects the right of all procedural subjects provided for in the law to challenge the sentence issued by the court a quo, thus safeguarding the rights of the victim enshrined in the Constitution and in the mentioned code. It is in the presence of an investigation of qualitative modality, of a documentary nature where the synthetic analytical method was used, reaching the conclusion that the Constitutional Court of Ecuador violates the right that the victim can exercise through the private accusation his right to challenge as a procedural subject, since he considers that only the prosecutor of the public prosecutor's office, if there is an increase in the sentence, prevents the principle of nom reformatio in peius from being violated.Keywords:
Prosecutor, penalty, protection, victim.Descargas
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