La citación por medios de comunicación en procesos no penales en Ecuador
Resumen
La citación acompañada de la demanda por diferentes medios de comunicación es una forma extraordinaria para llamar al demandado/a al proceso y se da cuando la persona cuya individualidad, domicilio o residencia no sea posible determinar. Se tuvo como objetivo justificar la necesidad de que se designe por el juez, un defensor público que asuma la representación en el juicio, asegurándole al demandado, el derecho constitucional a la defensa, una vez que no compareciere luego de ser citado por los medios de comunicación. Se utilizó un diseño cualitativo, con métodos teóricos como el analítico-sintético y empíricos como el análisis documental, para cumplir con el objetivo planteado. Se obtuvieron datos que evidencian la necesidad de la intervención de la defensoría pública en el procedimiento no penal donde el demandado haya sido citado por los medios de comunicación. Se concluyó que la legislación vigente no concede facultades al juez para designar abogado de oficio para la representación del demandado/a cuando haya sido citado por algún medio de comunicación y haya vencido el término para contestar, sin haberlo hecho y quedar en estado de indefensión. Se debería reformar el texto legal en evitación de daños y perjuicios.
Palabras clave:
defensoría pública, demandado/a citación, medios de comunicación, debido proceso, indefensión.
ABSTRACT
The summons accompanied by the demand by different means of communication is an extraordinary way to call the defendant to the process and occurs when the person whose individuality, domicile or residence is not possible to determine. The objective was to justify the need for the judge to appoint a public defender to assume the representation in the trial, assuring the defendant the constitutional right to defense, once he does not appear after being summoned by the media. communication. A qualitative design was used, with theoretical methods such as analytical-synthetic and empirical methods such as documentary analysis, to meet the stated objective. Data were obtained that show the need for the intervention of the public defender in non-criminal proceedings where the defendant has been summoned by the media. It was concluded that the current legislation does not grant powers to the judge to appoint a court-appointed attorney to represent the defendant when he/she has been summoned by any means of communication and the term to answer has expired, without having done so and being defenseless. The legal text should be reformed in the avoidance of damages.Keywords:
Public Defender, defendant Summons, Media, Due Process, Helplessness.Descargas
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